lunes, febrero 8

Banca Comercial


Unidad VII




ESTRUCTURAS DEL ACTIVO EN LA BANCA
El activo de la banca es la colocación que se obtiene de la captación del efectivo. La colocación permite poner dinero en circulación en la economía; es decir, los bancos generan nuevo dinero del dinero o los recursos que obtienen a través de la captación y, con estos, otorgan créditos a las personas, empresas u organizaciones que los soliciten. Por dar estos préstamos el banco cobra, dependiendo del tipo de préstamo, unas cantidades de dinero que se llaman intereses (intereses de colocación) y comisiones.
Tipos de préstamos que otorgan los bancos
Los dos tipos más comunes de préstamos bancarios personales son los préstamos a plazos y el crédito renovable.
Con un préstamo a plazos, el prestatario toma en préstamo una cantidad de dinero específica y la devuelve pagando además interés, en pagos mensuales iguales a lo largo de un período designado, generalmente de uno o más años. El prestatario debe volver a tramitar una solicitud cada vez que desee un nuevo préstamo.
El crédito renovable es más complicado. Se abre una cuenta que permite que el prestatario tenga acceso a una cierta suma máxima de fondos prestados. A este máximo se le llama el límite crediticio del titular de la cuenta. El prestatario puede obtener dinero en efectivo o comprar cosas a crédito siempre que la suma total adeudada no sobrepase el límite crediticio. Así, el prestatario no tiene que volver a solicitar un préstamo cada vez que desea usar la cuenta. Cada mes el prestatario debe efectuar un pago mínimo o cancelar el total de la deuda. El interés se cobra normalmente cada mes basado en el saldo diario promedio adeudado. Es costumbre renunciar al interés si se cancela cada mes la cantidad íntegra adeudada.
Apertura de crédito
El contrato de crédito es un contrato por el cual la Entidad Financiera se compromete a proporcionar al cliente fondos hasta una cierta cuantía o límite, en diversas formas, percibiendo por permitir tal disponibilidad de fondos una comisión, así como unos intereses que se girarán de acuerdo con las condiciones pactadas por la Entidad Financiera y el cliente, por todos y cada uno de los días en que el cliente adeude una suma de dinero y en función de las cantidades dispuestas en cada momento.
A partir de la firma del contrato, el banco queda comprometido a hacer efectivas las órdenes del cliente que dentro del espacio de tiempo convenido y hasta el límite total de disposición pactado. Por ello el cliente retribuirá al banco con las comisiones que hayan pactado y los intereses por las cantidades dispuestas hasta el final del reembolso.
El crédito bancario (en términos más estrictos, apertura de crédito en cuenta corriente), es un contrato por el cual la Entidad Financiera pone a disposición del cliente cierta cantidad de dinero, el cual deberá de devolver con intereses y sumándole una comisión según los plazos pactados.
En la práctica, es algo más que una cantidad de dinero de la que el cliente puede disponer a lo largo del tiempo, pagando intereses y comisiones por el dinero efectivamente retirado de la cuenta. En efecto, la apertura de crédito en cuenta corriente puede implicar:
Entrega de dinero en efectivo al cliente
Pagar a terceros en nombre del cliente (pago de facturas, deudas, etc.).
Pagar cheques contra la cuenta corriente.
Otorgar al cliente la prórroga de una deuda vencida.
Descontar letras de cambios presentadas por el cliente, facilitar al cliente o al tercero que éste le indique una carta de crédito, y constituir fianzas por el cliente, en forma de depósitos de garantía o mediante avales, son operaciones que se pueden canalizar a través de estas cuentas, donde se anotarán los apuntes que originen de igual forma que en una cuenta sin límite de crédito.



BALANCES GENERALES
AL 31 DE DICIEMBRE Y 30 DE JUNIO DE 2008
(Expresados en bolívares)
31 de diciembre 30 de junio
de 2008 _ de 2008 _
ACTIVO
DISPONIBILIDADES
Efectivo
Banco Central de Venezuela
Bancos y Otras Instituciones Financieras del País
Efectos de Cobro Inmediato
INVERSIONES EN TÍTULOS VALORES
Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y Operaciones Interbancarias
Inversiones en Títulos Valores Disponibles para la Venta Inversiones en Títulos Valores Mantenidas hasta su Vencimiento
CARTERA DE CRÉDITOS
Créditos vigentes
Créditos vencidos
Créditos en litigio
Provisión para cartera de créditos
INTERESES Y COMISIONES POR COBRAR
Rendimientos por cobrar por inversiones en títulos valores Rendimientos por cobrar por cartera de créditos Comisiones por cobrar
Provisión para rendimientos por cobrar y otros
BIENES DE USO
OTROS ACTIVOS (Nota 7)
Total del activo
ACTIVOS DE LOS FIDEICOMISOS
OTRAS CUENTAS DE ORDEN
DEUDORAS
Inversiones en Títulos Valores
Las inversiones en Títulos Valores se clasifican de acuerdo con la intención de negociación que tenga la Gerencia para cada tipo de título:
Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y Operaciones Interbancarias: Corresponden a las colocaciones de excedentes que efectúen las instituciones en el Banco Central de Venezuela, en obligaciones overnight y en obligaciones emitidas por instituciones financieras del país. Se registran a su valor de realización.

Inversiones en Títulos Valores Disponibles para la Venta:

Se registran las inversiones en títulos valores de deuda o de capital respecto de las cuales se tiene la intención de mantenerlas disponibles para la venta. Se clasifican en esta categoría aquellos títulos que no pueden incluirse como inversiones en títulos valores para negociar, inversiones en títulos valores mantenidas hasta su vencimiento o inversiones en empresas filiales y afiliadas. Estas inversiones no podrán tener un lapso de permanencia en esta cuenta mayor a un (1) año, contado desde la fecha de su incorporación a esta cuenta. Para aquellas inversiones contabilizadas en esta cuenta antes de la entrada en vigencia de las modificaciones, el plazo de un (1) año antes indicado comenzará a contarse a partir del 1 de abril de 2008.

Inversiones en Títulos Valores Mantenidas hasta su Vencimiento:
Están constituidas por títulos de deuda adquiridos con la intención firme de mantenerlos hasta su vencimiento. Se registran al costo de adquisición, el cual debe guardar consonancia con el valor de mercado a la fecha de adquisición o compra, ajustado posteriormente por la amortización de las primas o descuentos, las cuales se amortizan durante el plazo de vigencia del título.




Cartera de Créditos
La cartera de créditos devenga intereses a tasas variables, que son revisadas. Periódicamente en este sentido, el saldo en libros de dicha cartera de créditos menos la provisión específica se aproxima a su valor razonable de mercado.
Captaciones del público.
Aporte
La crisis financiera y el riesgo sistémico
Antonio Carrascosa. Director de Cumplimiento Normativo. PricewaterhouseCoopers Fecha: 22/1/2010
La crisis financiera actual ha puesto de manifiesto la importancia de la correcta identificación y gestión de riesgos, tanto por parte de las entidades financieras como por los reguladores. Se le está poniendo importancia al llamado riesgo sistémico.
Tradicionalmente, se ha considerado que la diversificación –es decir, un mayor tamaño– era el instrumento ideal para reducir el impacto de un evento desfavorable en una actividad o mercado sobre una cartera de inversión o una empresa. Centrando el análisis en una entidad bancaria, se pensaba que un banco de ámbito regional y especializado en un tipo de clientela era más vulnerable que uno más grande y diversificado. La propia regulación bancaria, incluida la relativa a requisitos de solvencia, ha asumido esa valoración.
La crisis está haciendo que se discutan los conceptos anteriores. Según el Consejo de Estabilidad Financiera, el Tesoro norteamericano o la Agencia de Servicios Financieros británica, cuando crece mucho el tamaño, la quiebra de esa entidad puede suponer un riesgo para la estabilidad del sistema financiero de un país o, como ha ocurrido hace poco más de un año, para la estabilidad del sistema financiero mundial. Es decir, hasta ahora se consideraba el riesgo que partía de un evento desfavorable y afectaba a una entidad.
En la actualidad, los reguladores están considerando también el riesgo que parte de la insolvencia o iliquidez de una entidad o de un grupo de entidades y que acaba afectando negativamente al sistema financiero en el que operan. ¿Quiere esto decir que ya no son relevantes, a la hora de explicar la crisis de una entidad bancaria, factores tales como el crecimiento excesivo del apalancamiento de esa entidad, además, con vencimientos poco acordes a los plazos de sus operaciones de activo; la elevada interconexión de las actividades y productos dentro de esa entidad y de las diferentes entidades; o la asunción excesiva de riesgos en sus inversiones, incluidas las realizadas en instrumentos financieros, y su inadecuada gestión? Evidentemente, siguen siendo unos factores muy relevantes. Por ello, la regulación y la supervisión bancarias ‘microprudenciales’ se centran en la prevención y adecuada gestión de los riesgos mencionados, con especial protagonismo de la exigencia de mayor o menor volumen de recursos propios en función de los riesgos asumidos.
Lo anterior no obsta para que ahora se esté poniendo el foco en la transformación de la crisis de una entidad individual en la crisis del sistema financiero. En un modelo de banca comercial pura –intermediación entre depositantes y prestatarios–, la crisis sistémica se originaría en la retirada masiva de depósitos por una pérdida de confianza en las entidades bancarias tras la crisis de un banco.
En un modelo bancario más sofisticado, en el que las entidades también gestionan activamente su cartera propia de inversiones y su cartera de negociación, las posibilidades de contagio se amplían, ya que una liquidación de posiciones de una entidad puede afectar negativamente a otras entidades bancarias –que pueden ver bajar el precio de mercado de sus activos y que pueden verse obligadas también a liquidar sus posiciones–. Finalmente, si en el modelo introducimos actividades de banca de inversión, la ya clara interconexión de actividades, productos y entidades que hemos mencionado se refuerza, lo que amplía el riesgo sistémico de las entidades bancarias, especialmente de las de mayor tamaño.
Relevancia sistémica
¿Cómo se define la relevancia sistémica de una entidad bancaria? Por su tamaño, grado de interconexión de sus actividades y grado de sustituibilidad de sus servicios. Por otro lado, la entidad podría no ser sistémica, pero su pertenencia a un grupo diferenciado de entidades, o a la percepción por el público de dicha pertenencia, podría hacer sistémico al grupo.
Una consecuencia del concepto de riesgo sistémico es que puede haber entidades demasiado grandes y complejas para quebrar; es decir, que el Estado debe intervenir para evitar el fuerte impacto de la quiebra de esas entidades sobre el sistema financiero o la economía real de ese país. Varias iniciativas regulatorias se están debatiendo actualmente con el objetivo de mitigar ese riesgo.
Una primera medida a debate es la posibilidad de incrementar las exigencias de capital y liquidez para las entidades bancarias consideradas sistémicas. Aunque esto podría ‘estabilizar’ el sistema financiero, hay que asumir que ello podría suponer unos mayores costes, unos menores plazos y un menor volumen de los créditos de esas entidades.
La interconexión de actividades dentro de un grupo bancario también está planteando varias iniciativas regulatorias. Por un lado, se debate la exigencia de que la expansión a otros mercados se realice a través de filiales independientes desde un punto de vista financiero y operativo, a las que se les requeriría los mismos requisitos de capital y liquidez que a otras entidades bancarias del país en el que se invierte.
En Reino Unido se está discutiendo si a los bancos que no cumplan los requisitos de independencia mencionados, es decir, que funcionen integrados globalmente, habría que exigirles mayores requisitos de capital y liquidez o incluso medidas de reajuste organizativo. Como la diferenciación jurídica puede no ser suficiente, hay que prestar atención a la interpretación que den los supervisores al concepto de banco integrado globalmente. ¿Cómo valorarán los supervisores la creación, por entidades con implantación en varios países, de centros compartidos de servicios; la publicidad, en algunas ocasiones, del hecho de que una filial cuenta con el respaldo –implícito– del grupo; o la sustitución de las marcas nacionales por la marca global?
Vuelta a lo básico
Por otro lado, la reducción de la citada interconexión entronca con el debate sobre ‘la vuelta a lo básico’ en el negocio bancario. Hay varias alternativas de narrow banking. Si descartamos las más extremas (en las que los depósitos deben ser invertidos sólo en activos públicos sin riesgo y la actividad crediticia debe ser financiada en los mercados), habría que centrarse en las que suponen ciertas limitaciones a las posibilidades de inversión de las entidades bancarias. Una alternativa sería separar las actividades de banca de inversión de las de banca comercial. El problema es diferenciar estrictamente entre banca de inversión y banca comercial, ya que en el momento en que comercializas instrumentos y tienes que dar cierta liquidez, ya se entra en una actividad por cuenta propia. En todo caso, la separación no debería ser sólo jurídica, tal y como se ha demostrado con los vehículos de titulización.
Otra alternativa para conseguir un objetivo parecido es incrementar los requerimientos de capital de ciertas actividades de trading y cartera propia (las menos relacionadas con la prestación de servicios a clientes). En este ámbito también se está discutiendo una mayor simplificación, negociación centralizada y transparencia de los instrumentos típicos de la operativa de cuenta propia de las entidades.

Análisis del Artículo
En el artículo anterior encontramos un análisis de las causas por las que la crisis financiera sufrida por la banca norteamericana alcanzó tales proporciones.
Básicamente de este análisis se desprende que la crisis fue causada por un error en el cálculo de los riesgos por parte de las entidades bancarias y de los organismos encargados de la regulación de las mismas, la causa de este error de cálculo se debió principalmente a la política de crecimiento o diversificación, con la creencia que dicha diversificación significaría una forma de contrarrestar cualquier desafortunada eventualidad que pudiese ocurrir, ya que se creía que una banca diversificada sufriría en menor proporción tales embates de estos eventos que una regional y más especializada.
A sí mismo, este aumento desmedido en las actividades de los bancos y la interconexión en dichas actividades y con otras instituciones financieras, fueron la causa principal del alcance que tuvo la crisis, ya que al ser estas instituciones tan grandes, cualquier evento negativo que sufrieran tendría un efecto adverso en un gran sector de la economía, lo que aunado a la interconexión entre estos bancos y el resto del sistema financiero representó el comienzo de un efecto dominó que afecto, no solo, la economía norteamericana sino también a los mercados europeos, asiáticos y latinoamericanos.
Como se ha podido observar, y contrario a lo que se podría pensar, el crecimiento descontrolado que han experimentado los bancos a nivel mundial así como la injerencia que tienen sobre los diferentes mercados financieros y productivos a nivel mundial, viene a representar un gran riesgo ya que como se hemos visto, una pequeña contingencia sufrida por uno de estos bancos puede desencadenar una crisis que tendría efectos en todo el mundo causando recesión económica y disminución de la producción,
Una forma de solventar y prevenir que ocurra un hecho similar en el futuro, sería incrementar las regulaciones concernientes al capital y liquides necesarias para operar estas entidades. Otra forma podría ser que una vez estos bancos alcancen determinado tamaño su expansión deba hacerse a través de entidades filiales independientes desde el punto de vista financiero y operativo, es decir, estas entidades deben ser esencialmente bancos autónomos que cumplan con todas las regulaciones establecidas para los bancos de sus características.

Exposicion Grupo 6


Fotos Talleres











Laminas de Exposicion Grupo 6

sábado, febrero 6

MINUTA DE EXPOSICION DE LA EXPOSICION DEL GRUPO 3

LUGAR DE LA REUNION FECHA / DURACION MINUTA No
Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez, Convenio Asotan, ubicado en el U.E Experimental Venezuela” 31/12/2009 1 hora 15 min.
INICIO: 06:00 PM
CULMINO: 07:30 PM
03
ASUNTO ASISTENTES
Exposición sobre: Operaciones de los bancos comerciales y otras entidades.
1. Operaciones Pasivas
2. Operaciones Activas

Papel del banco Central de Venezuela y su rol regulador y emisor monetario nacional.
Tasas de Interés.
Productos y servicios que ofrece de la banca comercial universal y bancos desarrollo.
Como elegir un instrumento para colocar fondos.
Lic. Bogard Macero, Grupo Expositor integrado por los siguientes participantes: El Souki Latife, Fuentes Yensi, González Angelizar, Gonzáles Osiris, Rodríguez Yoraixi.
Nº PUNTOS TRATADOS COMENTARIOS, ACUERDOS
Y COMPROMISOS RESPONSABLE
1 El Equipo expositor: Comenzó con el tema de las operaciones Bancarias, específicamente las Operaciones Pasivas. Los expositores definieron el concepto de las Operaciones de la Banca: Los bancos adquieren sufiente dinero para sus necesidades en el mercado. También indicaron que los depósitos es una fuente de trabajo para el banco además son operaciones pasivas el banco donde obtienen de los clientes su dinero líquido que pueden ser retirado sin autorización. En otras palabras es un negocio jurídico, donde la persona entrega su dinero al banco una suma de dinero que puede otorgar o utilizarla en cualquier momento. Equipo expositor
2
Clasificación de Depósitos Bancarios Pasiva


El equipo expositor indicó cuales son las operaciones Pasivas, explicaron seis tipos de Depósitos Bancarios.
1. Deposito Cuenta Corriente: Son efectuados regularmente por personas naturales o jurídicas, que requieren de la seguridad y de la disponibilidad de las suma de dinero confiadas al banco.
2. Deposito Cuenta de Ahorro: Deben ser nominativos, lo que se comprueba mediante libretas que expide el banco indican el saldo disponible.
3. Depósito a Plazo: Son los que están Constituidos a Plazos mayores de 30 días, deben de estar documentada y Certificado dicho depósito.
4. Depósito en moneda extranjera: Son las que reciben depósito a un plazo no mayor de un año, esta no deponen de saldo acreedores en billete o moneda extrajera.
5. Ventas de Título: Son acciones u otros títulos como cedulas o bonos hipotecarios que colocan en el mercado.
6. Ventas de Giro: El giro es una remesa de una plaza a otra, es un instrumento principal es la letra de cambio transferida en el interior o exterior del país. Equipo expositor


3
Clasificación de Depósitos Bancarios Activas


Explicaron Operaciones Activas: Es lo contrario de lo antes comentado.
1. Concesión de Pagarés: Son Instrumentos negociables o título-Valor que una persona se compromete a pagar a otra en plazo determinado de 90 a 180 días y puede renovar sin que pase el plazo de vencimiento.
2. El Descuento: Es un documento de crédito donde se cobra el compromiso al vencimiento. Esto quiere decir que el banco obtiene la letra pagando el valor nominal menos la comisión.
3. Préstamos Bancarios: Es un contrato que recibe el cliente, la misma obtiene su valor en efectivo y su renovación es a plazo establecido el interés convenido.
4. Anticipo: El Banco otorga el crédito con la garantía de un Título con valores superior al crédito solicitado.
5. Título Públicos y Privados: Son los títulos que se cotizan en la bolsa de valores, y lo recibe las instituciones bancarias para su compra o venta y le generen dividendo o intereses.
6. Fideicomiso: Tiene relación jurídica es cuando el cliente transfiere titularidad de sus fondos a otras personas para que administre el dinero. También el profesor reafirmo que esta lo aplica los clientes que colocan los fondos a una institución a nombre de otra personas y también existe infinidades de Fideicomiso. Equipo expositor y Equipo expositor, audiencia y Docente de la cátedra
4
Papel del Banco Central de Venezuela y su rol. Se definió y discutió en la exposición que el banco Central de Venezuela es jurídica (se aplica las normas) y el único ente regulador. Además su función es contribuir con la política monetaria y fiscal, y los intereses que debe de manejar. También nombraron los principios que rige:
Las eficiencias y Eficacia: Se realizan a través de la gestión y sistema de control.
La Responsabilidad: Esta sujeto a distintos controles.
Colaboración: Apoya para los fines del Estado.
Transparente: Apoya para el cumplimiento de los fines del estado.
Competencia: Es la encargada de la duración de los precios y preservar el valor de la moneda Equipo expositor, audiencia y Docente de la cátedra
5 Tasa de Interés Los expositores Indicaron el artículo 49 de la Ley del Banco Central de Venezuela, que es el único organismo público de regular las tasas de interés de sistema financiero, y explicaron la tasa de interés su valoración de costo que implica con la posesión de dinero a través de un crédito durante un determinado tiempo. Equipo expositor, audiencia y Docente de la cátedra
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Productos y Servicios que ofrece la banca Los expositores explicaron los productos y servicios que ofrece la banca como:
Cuenta de ahorro: Que es el dinero calculados sobre saldo diario y con tasas competitivas.
Cuenta Corriente: El dinero es Calculado sobre saldo diario. Además ofrecen la transferencia automática, y vía telefónica. También se puede conformar los cheques a nivel nacional y acceso de crédito automática y personales.
Depósitos a Plazo Fijo: Son tasas competitivas, intereses abonados al vencimiento con plazo de 30 a 360 días y su renovación es automática.
Créditos: Puede ser personales, comerciales, solicitud de automotriz y de seguro.
Tasas de Debito: Es asociada a ala cuenta de ahorro o corriente, se puede realizar retiro en efectivo tanto nacional e Internacional.
Tasas de Crédito: Son planes especiales de financiamiento hasta 36 meses, avance en efectivo.
El profesor hizo énfasis en este punto importante, Banco de Desarrollo: Son las que realiza préstamo de agrícolas, industriales comerciales, vehículos y adquisición y construcción de vivienda. Se realiza Deposito a plazos. Certificado de ahorro. Equipo expositor, y Docente de la cátedra
7 Como elegir un instrumento para colocar fondos

Comentaron que el cliente tiene que tener la percepción subjetiva, tener claro y tener confianza al momento de colocar sus recursos en una entidad financiera.
Tener la Garantia y capacidad de repuesta del banco (tiene que responder).
La audiencia comentaron que al momento de colocar sus fondos se debe de tomar en cuenta la trayectoria del banco, y la tasa de interés que sea atractiva para el cliente, otros comentaron que antes de dar un paso debe observar bien que es lo que quiere hacer y donde colocar sus recursos.
Equipo expositor, audiencia y Docente de la cátedra

TALLER UNIDAD V

1.- ¿Qué es el riesgo en la banca comercial?
El riesgo bancario se refiere a todos los distintos tipos de riesgos que enfrentan las instituciones bancarias cuando llevan a cabo sus actividades. El cual varía dependiendo del tipo de negocios que desarrolle dicha institución, Es decir, son todas las posibles situaciones, favorables o desfavorables, a las que están expuestos los fondos de las instituciones financieras, tanto los fondos propios como los provenientes de la captación de depósitos, durante el proceso de invertirlos, ya sea como prestamos o cualesquiera otros tipos de inversión, por parte de los bancos. Entre estos riesgos encontramos: los riesgos de liquidez, crediticios, de tasas de interés entre otros.

2.- ¿Qué funciones cumple y para qué existe la gerencia del riesgo?
Dado que los bancos trabajan principalmente con el dinero que capta del público, y estos fondos son ajenos, lo que significa que el banco está administrando recursos que realmente no le pertenecen, se requiere un proceso constante de evaluación y medición de los riesgos a los que se exponen los recursos de los depositantes en las operaciones de la entidad. De ahí surge la necesidad de que todas las instituciones bancarias posean una gerencia de riesgo.
Las funciones principales de las gerencias del riesgo, se pueden resumir en las siguientes: medir, determinar y desarrollar estrategias para manejar el riesgo.
Las estrategias empleadas incluyen generalmente la transferencia del riesgo, las formas de evitarlo y la reducción del efecto negativo del riesgo en los casos particulares, centrándose en los riesgos que provienen de causas físicas o legales, usando los instrumentos financieros de negociación, y haciendo énfasis en los riesgos intangibles que son los riesgos asociados al capital humano, tal como riesgo del conocimiento, riesgo de la relación, y riesgo del contrato-proceso.
3.- ¿Qué es el Comité de Basilea, quienes lo conforman y cuáles son sus funciones?
Es un Comité de Supervisión Bancaria creado, en la ciudad de Basilea Suiza en el año de 1988, con el fin de mejorar la colaboración entre las autoridades de supervisión bancaria. Integrado por los bancos centrales de Alemania, Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, el Reino Unido, Suecia y Suiza. Considerándose en un primer momento a las recomendaciones de este comité como simples recomendaciones, ya que, cada uno de los países signatarios, así como cualquier otra nación, quedaba libre de incorporarlo en su ordenamiento regulatorio con las modificaciones que considerase oportunas. Luego fue se realizó una reformulación donde se produjo un conjunto de normas dirigidas a las entidades bancarias para ayudarlas a controlar su riesgo de crédito y a establecer unos niveles mínimos de fondos propios.
El comité de Basilea constituye un foro de debate para la resolución de problemas específicos de supervisión. Coordina la distribución de las competencias supervisoras entre las autoridades nacionales, a fin de garantizar una supervisión eficaz de las actividades bancarias, y con el paso del tiempo sus normas de supervisión transfronteriza se ha convertido en un referente en todo el mundo.

 Las ponderaciones de riesgo asignadas a los diferentes tipos de activos de riesgo. Se incluye aquí, los riesgos operacionales.

 Supervisión corriente por parte de las Superintendencias.

 La disciplina del mercado a través de más transparencia.

TALLER UNIDAD IV

TALLER
1. Importancia de la administración de activos y pasivos de la banca y opine de cara a eso con relación a la situación financiera de la banca actualmente.

Las instituciones de ahorro deben contar con un manejo de liquidez y una administración de activos y pasivos para asegurar que los fondos de bajo costo estén siempre disponibles para los ahorristas cuando pidan el desembolso de los fondos que ellos han depositado.
La administración de activos y pasivos planea, organiza y controla los volúmenes de vencimiento con el fin de minimizar el riesgo de las tasas de interés y mantener un nivel de rentabilidad aceptable.
Además, en la actividad bancaria es de vital importancia que esta administración este basada en una política unificada, dicha razón de ser de los bancos es brindar un servicio de intermediación financiera entre el dinero ocioso y el aparato productivo de las economías; sin olvidar que el dinero usado por el banco para invertir en otras operaciones no son un activo del mismo, ya que pertenecen a los ahorristas o cuenta habientes de la institución; por el cual representa un pasivo para el banco y este está en la obligación de garantizarles la disponibilidad de su dinero para el momento que lo soliciten.
La administración de los activos y pasivos es una actividad que requiere un equilibrio o entre las inversiones realizadas para obtener dividendos y liquidez necesaria para garantizar la disponibilidad del dinero de los clientes.
En conclusión la crisis en consecuencia directa del mal manejo de entidades financieras; por un grupo de personas que no pertenecían al sector bancario y por ende, no tenían los conocimientos necesarios para tal labor, además de los negocios realizados por dichos banqueros fueron realizados de una manera poco transparente.



¿Qué es el costo de oportunidad? De un ejemplo.

Se refiere a aquellos de los que un agente se priva o renuncia cuando hacen una elección o toma de decisión, mide la rentabilidad esperada de los fondos invertidos o de la asignación de la inmovilización a otras utilidades.

TALLER UNIDAD III

Análisis sobre Guía para entender los ruidos bancarios

La preocupación de la sociedad por la actual crisis que existe con la intervención de algunos bancos por parte de las autoridades, el futuro funcionamiento de algunas entidades financieras, son algunas de interrogantes que tiene el público en general.
Las instituciones financieras tiene un propósito en la sociedad, administrar y prestar el dinero, así como también ser pilar dentro de la economía del país.
Así como las entidades financieras existen organismos encargados de vigilar y controlar, mediante normas a estas instituciones. El Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria conocido como FOGADE, es la institución jurídica y del patrimonio propio de la Hacienda Publica; su función primordial es de garantizar los depósitos públicos y ejercer la función de liquidador de bancos, entidades de ahorros y préstamo así como también, instituciones financieras y empresas relacionadas al ramo.
Por otra parte, se encuentra La Superintendencia de Bancos y Otras Entidades Financieras (SUDEBAN), de personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional, que tiene como función supervisar, controlar y vigilar las instituciones financieras con el objetivo de determinar la correcta realización de las actividades y el funcionamiento del sistema financiero de Venezuela.
La intervención de un banco se da cuando las entidades financieras, tiene problemas se colocan en supervisión; a su vez, el estado junto a los órganos de supervisión examinan la liquidez y el finiquito de la misma. Al declarase en bancarrota y las ventas de los activos, surge la intervención de la institución.
Actualmente, el país sufre la crisis de la intervención de siete (7) bancos Canarias, Banpro, Confederado, Bolívar, Real, Baninvest y Central, lo cual no ocurría desde el viernes negro y la intervención del Banco Latino, lo cual para aquel entonces arrojo una crisis del 40% de los activos del sistema financiero.
Si recordamos la crisis de los 90, que se caracterizo al comienzo por el crecimiento de las actividades productivas del país, a través de los ingresos del petróleo y la materia prima podría existir la expansión de la economía mundial y privilegios en los mercados internacionales.
De aquí surge la intervención del Banco Latino que marco el estallido de la crisis financiera, cuando la Superintendencia de Bancos decide intervenirlo y extraditar a todo el Grupo Latinoamericano, también ocurrió con los bancos Principal, Italo, Profesional, Construcción, La Guaira, Maracaibo y Metropolitano, así como también El Consolidado, con la intervención y control por parte de los organismo encargados.
¿Que riegos se asume con la crisis financiera del país al momento de la intervención de una institución financiera?
a. Existen riesgos altos e incontrolables en cada una de las transacciones de la economía, así como también la inestabilidad en los depósitos, en el sistema financiero y las altas tasas en los intereses en bonos y plazo fijo.
b. La fuga de capital al extranjero.
c. El deterioro de la economía.
d. Las instituciones bancarias se tornan insolventes
e. Fallas de regulación y supervisión sobre todo el sistema financiero.
Cuando ocurrió esto la primera vez, tal vez no se conocía la magnitud del deterioro del sistema financiero, pero por otra parte se conocía información suficiente que advirtió la ocurrencia de la crisis, era un resultado inminente.
Para concluir la interacción de estos eventos ocurridos en la década de los 90, pudo ser argumento de hipótesis futuras o quizás sirvieron para las actuales intervenciones de bancos.
¿Qué se puede ahora esperar sobre las entidades financieras que funcionan en la actualidad? ¿Será seguro invertir los fondos allí? ¿Podemos confiar que el dinero esta seguro? ¿El Estado nos garantiza que los bancos que quedan cumplen con las normativas de BCV y los organismos encargados?

TALLER UNIDAD II

TALLER

1. ¿Establezca diferencia entre un Banco Comercial y un Banco Universal?

Banca Comercial:
• Debe poseer un Capital suscripto de Bs. 16.000.000 si es Nacional y Regional de Bs. 8.000.000.
• Operaciones (Prestamos) a corto plazo hasta tres (3) años.
• Operaciones de depósitos, prestamos y descuento.
• No tiene sucursales en el exterior.
• Es limitada la variedad de productos.
• Los clientes realizan todas las operaciones en la misma agencia.

Banca Universal:
• Debe de poseer un capital de 40.000.000
• Operaciones (Prestamos) de un plazo de diez (10) años al no ser que sea operaciones hipotecarias.
• Realiza todas las operaciones menos las de los bancos de segundo piso (Especializado en otorgar créditos).
• Pueden realizar operaciones en el exterior.
• Posee una gama de productos.
• Los clientes realizan operaciones en cualquier oficina.
La Banca Comercial tiene limitaciones y ambas poseen condiciones diferentes.


2. Hable de la Banca Universal.

Banca Universal: Ofrece un servicio integral ya que pueden realizar todas las operaciones de las instituciones financieras especializada y establecida por la Ley además engloban todas las funciones en una sola institución en si misma que su única limitación son los bancos de segundo piso.

La importancia de la Banca Universal es reducir costos de transformación a provechar economías de escala y adecuarse de nuevos parámetros de competitividad.

TALLER UNIDAD I

TALLER

1. ¿Qué es la banca comercial y cual es su rol en el sistema financiero nacional?
La banca comercial son instituciones financieras, dedicadas a la captación de dinero circulante; con el fin de prestar a terceras personas tanto naturales como jurídicas en un lapso no mayor a tres (3) años, con el objeto de realizar operaciones de crédito. La banca comercial tiene como operaciones principales los depósitos, préstamos y descuentos.
La banca comercial tiene como rol, el de fungir como el motor de la economía, al captar el dinero circulante que se encuentra ocioso y de redistribuirlo al sector productivo de la economía en forma de crédito; para que puedan realizar las operaciones necesarias para el crecimiento o desarrollo de las actividades económicas.

2. Indique las características más resaltantes de la banca comercial.
a. Su constitución es bajo forma exclusiva de Sociedades Anónimas, con acciones nominativas de una misma clase, no podrán ser convertibles al portador; es decir, cada acción tiene manera explicita quien es el portador.
b. El capital suscripto tiene que ser en efectivo y debe estar totalmente pagado, capital a la vista.
c. Las operaciones de crédito no pueden ser mayores a tres (3) años.
d. El número de accionistas debe ser mínimo diez (10), entre los cuales se incluyen los promotores.
e. Sirve como intermediario financiero.

TEMA DE EXPOSICION Grupo 6




Estructuras del pasivo en la banca y papel del estado en la banca pública.
Los pasivos de los bancos (depósitos y dinero prestado) son más líquidos, (es decir, se pueden convertir con mayor facilidad que el oro en dinero en efectivo) que los activos (préstamos a terceros e inversiones) que aparecen en su balance. Esta característica permite que los consumidores, los empresarios y los gobiernos financien actividades que, de lo contrario, serían canceladas o diferidas; sin embargo, ello suele provocar crisis de liquidez recurrentes.
La estructura del pasivo de una institución, a pesar de la flexibilidad que puede presentar, debe cumplir una serie de reglas básicas:
Los pasivos a largo plazo están representado por los adeudos cuyo vencimiento sea posterior a un año (1), o al ciclo normal de las operaciones de éste es mayor, se originan de la necesidad de financiamiento de la empresa ya sea, para la adquisición de activos fijos, cancelación de bonos, redención de acciones preferentes, etc. Los pasivos a largo plazo dentro de las empresas más comunes son: los Préstamos hipotecarios y los Bonos u Obligaciones por pagar.

Papel del Estado en la Banca Pública
Estados financieros
Las entidades financieras deben presentar sus estados financieros a la SUGEF (Superintendencia General de Entidades Financieras) y realizar las publicaciones de acuerdo con la ley deben publicarlos en dos diarios de mayor circulación una vez al año en los formatos establecidos, ejemplo de los mismos se presentan a continuación, y con un lapso establecido en el acuerdo de la SUGEF 3-96.
Dichos estados son los únicos estados financieros válidos de la entidad para todos los efectos, ya sea para su publicación en prensa, inclusión en la Memoria Anual y aprobación por la asamblea general de socios o accionistas, presentación a la Comisión Nacional de Valores y otro tipo de difusión en el país o en el exterior, con excepción de los estados financieros para fines tributarios que haya que preparar, de existir criterios fiscales diferentes a los establecidos por la SUGEF.
Los estados financieros que se remiten a la SUGEF deben estar firmados por los siguientes funcionarios: el Gerente General, el Auditor Interno y el Contador de la entidad las firmas deben aparecer identificadas en cuanto a las persona a quienes pertenecen y sus correspondientes cargos en la entidad. En caso de ausencia de alguna de las personas que ocupan los cargos antes mencionados los estados pueden ser firmados por quien la sustituya en sus funciones.
Los estados financieros presentados a la SUGEF deben ser considerados y aprobados por la Comisión de Administración o Junta Directiva de la entidad financiera correspondiente antes de la presentación a la SUGEF.


Ello permite inferir que el sistema Financiero Venezolano, como todo sistema, es un complejo conjunto de elementos (Organismos en este caso) interrelacionados e interdependientes entre si, que no pueden ser analizados de manera aislada, sino por el contrario, el mismo está sujeto a un compendio normativo global que de manera determinante, establece un blindaje de carácter superior en la ejecución de sus ejecutorias, y donde participan todos los entes gubernamentales que de alguna u otra manera tienen incidencia en el desarrollo y ejecución de la actividad bancaria y financiera en el país.

NORMATIVA LEGAL DE LA BANCA COMERCIAL VENEZOLANA

 Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras
 Resoluciones establecidas por la SUDEBAN y BCV
 Todas aquellas leyes y/o Decretos que vengan a formar el sistema Nacional
la SUDEBAN que junto al Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) son dos de éstos organismos, los cuales se encuentran adscritos al Ministerio de Finanzas y posee sus funciones particulares, establecidas por la ley. SUDEBAN es ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas a los solos efectos de la tutela administrativa, gozando de privilegios y facultades de orden fiscal, tributario y procesal, que la Ley otorga a la República. La SUDEBAN gozará de autonomía funcional, administrativa y financiera en el ejercicio de sus funciones en los términos establecidos en la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

Como se desprende de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, la Superintendencia de Bancos debe ejercer inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de los Bancos Universales, Comerciales, con Leyes Especiales, de Inversión, Hipotecarios, Sociedades de Capitalización, Casas de Cambio, Almacenes Generales de Depósito, Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros, Arrendadoras Financieras, Fondos de Activos Líquidos y Entidades de Ahorro y Préstamo.

Artículo 87. Los bancos comerciales tendrán por objeto realizar operaciones de intermediación financiera y las demás operaciones y servicios financieros que sean compatibles con su naturaleza, con las limitaciones previstas en este decreto de ley

Artículo 88. Los bancos comerciales deberán tener un capital pagado en dinero en efectivo o mediante la capitalización de resultados acumulados disponibles para tal fin, no menor de Dieciséis Mil Millones de Bolívares (Bs. 16.000.000.000, oo). Los aumentos adicionales a dicho monto, igualmente deberán ser en dinero efectivo o mediante la capitalización de dichos resultados acumulados. No obstante, si tienen su asiento principal fuera del Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas y han obtenido de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras la calificación de bancos regionales, se requerirá un capital pagado, en las condiciones antes mencionadas, no menor de Ocho Mil Millones de Bolívares (Bs. 8.000.000.000,oo).
Una vez modificado el capital mínimo requerido, los bancos comerciales deberán ajustar en un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir de la modificación realizada, su capital social a la cantidad que corresponda.

Artículo 89. Los bancos comerciales no podrán otorgar créditos por plazos mayores de tres (3) años, salvo que se trate de programas de financiamiento para sectores económicos específicos.

LEY GENERAL DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES DE CRÉDITOS
La Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, publicada en Gaceta Oficial Extraordinario N° 5.555 de fecha 13 de noviembre del 2001, que ahora en adelante será denominada “Ley de Bancos” consagra la apertura del sector bancario nacional a la inversión extranjera, sin limitaciones de ningún tipo. Los inversionistas extranjeros disfrutan de los mismos derechos y obligaciones que los inversionistas locales.
A continuación presentamos un análisis de los aspectos más importantes de la Ley de Bancos desde la perspectiva de las inversiones en el sector de bancas y finanzas.


Banca Especializada y Universal
Se rige por un régimen especial contenido dentro de La Ley de Bancos, en el cual se consagran previsiones para los bancos comerciales, bancos hipotecarios, bancos de inversión, arrendadoras financieras, fondos del mercado monetario, y casas de cambio, y se incorporan dentro del concepto de banca especializada a los bancos de desarrollo, bancos de segundo piso, entidades de ahorro y préstamo, grupos financieros y operadores cambiarios fronterizos, para que realicen no solamente las actividades inherentes a su especialidad sino todas aquellas operaciones que sean compatibles con su objeto y que estén permitidas por la ley.
Los Bancos de Desarrollo, tienen por objeto principal fomentar, financiar y promover las actividades económicas y sociales para sectores específicos del país.
Los Bancos de Segundo Piso, se encargan de fomentar y financiar los proyectos de desarrollo industrial y social a nivel nacional, así como las actividades microempresariales urbanas y rurales.
Los grupos financieros, son el conjunto de bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras y demás empresas que constituyan una unidad de decisión o gestión.
Por su parte, los bancos universales, son aquellos que pueden realizar todas las actividades inherentes a cada banco e institución financiera especializada, excepto asignadas por ley a los bancos de segundo piso.
El funcionamiento de los bancos universales, requiere una autorización por parte de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras en los siguientes casos:
• Cuando se trate de la fusión de un banco especializado con uno o más bancos, entidades de ahorro y préstamo o instituciones financieras especializadas,
• Cuando se trate de la transformación de un banco especializado, y cuando los interesados soliciten su constitución.
Bancos de Inversión
La nueva Ley de Bancos establece que los bancos de inversión tendrán como finalidad intermediar en la colocación de capitales, participar en el financiamiento de operaciones en el mercado de capitales, financiar la producción, la construcción y proyectos de inversión y en general ejecutar otras operaciones compatibles con su naturaleza.
Sin embargo, a diferencia de la ley derogada, la actual establece que los bancos de inversión no podrán adquirir más del 20% del capital social de una empresa promovida por el banco o en la que haya participado para su promoción, manteniendo dicha participación por un período de tres (3) años, debiendo, transcurrido dicho lapso deberán reducir su participación en el capital de la empresa, a un límite máximo de hasta el diez (10)% del capital social. En todo caso, la totalidad de las inversiones antes señaladas no podrán superar en su conjunto el veinte (20)% del patrimonio del banco.
Por otra parte, los bancos de inversión no podrán recibir depósitos en cuentas de ahorro o en cuenta corriente, otorgar préstamos para financiar servicios o bienes de consumo cuando las cantidades excedan el 20% del total de su cartera de crédito, y otorgar préstamos por plazos superiores a los siete (07) años.
Inversión Extranjera en el sector bancario
La Ley de Bancos no establece límites a la inversión extranjera en el sector, siendo que tales inversiones pueden ser realizadas a través de:
• La adquisición de acciones de bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras existentes.
• El establecimiento de bancos, entidades de ahorro y préstamo y otras instituciones financieras propiedad de bancos o inversionistas extranjeros.
• El establecimiento de sucursales de bancos e instituciones financieras extranjeros.
Se requiere la autorización de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, previa opinión vinculante del Banco Central en los siguientes casos:

• Apertura de bancos, entidades de ahorro y préstamo y otras instituciones financieras propiedad de bancos o inversionistas extranjeros. En este caso deberán cumplirse otros requisitos adicionales establecidos en la Ley.
• Establecimiento de sucursales de bancos constituidos en el exterior para operar en el país.
En caso que tal autorización sea solicitada para el establecimiento sucursales de bancos e instituciones financieras extranjeras, así como para la promoción y funcionamiento de bancos y otras instituciones financieras propiedad de bancos o inversionistas extranjeros, adicionalmente y cuando sea aplicable, deberán acompañarse a la solicitud de la autorización requerida a la Superintendencia de Bancos los siguientes documentos:
• El acta constitutiva de la casa matriz, la autorización que ampare su existencia en el país de origen y los estatutos vigentes.
• La prueba de que la sociedad solicitante puede legalmente, de acuerdo con sus estatutos y las leyes de su país de origen, establecer sucursales en la República Bolivariana de Venezuela.
•Los estados financieros debidamente auditados por contadores públicos en ejercicio independiente de la profesión e informes anuales de la empresa, correspondientes a los últimos cinco (05) años.
•La porción de capital asignado para sus operaciones en la República Bolivariana de Venezuela, cuyo monto deberá ser igual o mayor al mínimo establecido en la ley para cada tipo de banco o institución financiera, con prueba suficiente, a juicio de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, de haberse hecho efectiva dicha asignación y que dicho capital esté disponible en el territorio de la República.
• Prueba de la reciprocidad concedida, si fuere el caso.
• Cualquier otra información que, a juicio de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras sea conveniente o necesaria para la cabal evaluación de la solicitud.
Oficinas representativas (o de representación)
Los bancos e instituciones financieras extranjeros no domiciliados en el país únicamente podrán actuar a través de bancos y demás instituciones financieras domiciliados en Venezuela, o por intermedio de las oficinas de representación. No obstante, podrán constituir apoderados judiciales y contratar los servicios profesionales que requieran.
Las oficinas de representación no podrán recibir depósitos de ninguna clase, ni intervenir en la realización de operaciones pasivas que impliquen captación de recursos del público, ni de manera directa o indirecta, ya sea en su propio nombre o en nombre de terceras partes.
Las oficinas de representación sólo podrán actuar como enlace entre sus representados y las personas naturales o jurídicas beneficiarias de créditos que aquellos les concedan.


La Superintendencia de Bancos
La Superintendencia de Bancos es un Instituto Autónomo, adscrito al Ministerio de Finanzas, y está dotada de autonomía funcional, administrativa y financiera. El Ministerio de Finanzas constituye el ente tutelar administrativo de la Superintendencia.
La Superintendencia, esta bajo la dirección y responsabilidad de un Superintendente designado por el Presidente de la República. El Superintendente nombrará a los dos Intendentes (Operativo y de Inspección).
Los recursos que la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras requiere para el cumplimiento de sus funciones, provienen de los aportes presupuestarios que le asigne el Ejecutivo Nacional, y de las contribuciones hechas por las entidades financieras bajo su supervisión y control, las cuales se fijarán entre un 0,40 a 0,60% del promedio de los activos de cada aportante, correspondiente al ejercicio inmediato anterior, y serán deducibles del pago del Impuesto Sobre la Renta.
La misión principal de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras consiste en inspeccionar, supervisar, vigilar, regular y controlar a los bancos, entidades de ahorro y préstamo, y demás instituciones financieras. La esfera de estas actuaciones alcanza asimismo a las filiales, afiliadas y relacionadas con las entidades bajo su supervisión, estén o no domiciliadas en Venezuela, siempre que las mismas constituyan una entidad de decisión o gestión. Adicionalmente, la Superintendencia se encarga, entre otras funciones, de autorizar el establecimiento de sucursales u oficinas de representación de bancos e instituciones financieras extranjeros en el país, así como la exigida por la ley para la participación de capitales extranjeros en bancos y otras instituciones financieras venezolanos.
La Superintendencia de Bancos dictará la normativa prudencial necesaria, a los fines de evitar la utilización del sistema bancario nacional como medio para la legitimación de capitales provenientes de actividades ilícitas de cualquier índole.
Por otra parte, la Superintendencia de Bancos tiene facultades para adoptar medidas administrativas cuando se presenten problemas de liquidez, infracciones graves a la normativa vigente, situaciones graves de tipo administrativo o gerencial, pérdidas de capital (desde el 10% del capital social) e incumplimiento de los índices o del encaje legal. Una vez impuestas las medidas administrativas mencionadas, por parte de la Superintendencia de Bancos, las instituciones financieras deben presentar a este organismo un Plan de Recuperación, de obligatorio cumplimiento el cual debe ser aprobado. En caso de incumplimiento de las medidas dictadas o al Plan de Recuperación propuesto, la Superintendencia previa opinión del Banco Central de Venezuela y del Consejo Superior de la Superintendencia, puede aplicar mecanismos extraordinarios de transferencia, estatización o intervención de la institución financiera.
Entre las medidas que puede adoptar la Superintendencia podemos mencionar las siguientes:
• Prohibición de realizar nuevas inversiones y operaciones de fideicomiso.
• Prohibición de decretar pagos de dividendos
• Orden de vender o liquidar algún activo o inversión.
• Suspensión o remoción de directivos o funcionarios cuando se comprobare que han incurrido en evidentes irregularidades o en acciones prohibidas por la ley.
• Reposición de capital.
• Prohibición de captar fondos a largo plazo y de otorgar nuevos créditos.

Fondo de Garantía de Depósitos Y Protección Bancaria (FOGADE)
FOGADE es un Instituto Autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio adscrito al Ministerio de Finanzas a los efectos de la tutela administrativa. El patrimonio de FOGADE está constituido por distintas contribuciones, que incluye las realizadas por los bancos, entidades de ahorro y préstamo e instituciones financieras que deberán efectuar aportes mensuales del 0,25% del total de depósitos del público que los bancos, entidades de ahorro y préstamo, y demás instituciones financieras tengan al final de cada semestre.
De acuerdo con la Ley de Bancos, FOGADE tiene como objeto garantizar los depósitos del público en todas aquellas instituciones regidas por la ley de bancos y ejercer la función de liquidador de bancos, entidades de ahorro y préstamo e instituciones financieras regidas por la ley se bancos, así como de las empresas relacionadas al grupo financiero. La Ley de Bancos establece que los depósitos de particulares o de corporaciones, tanto en moneda local como extranjera, colocados en cada banco o institución financiera, están garantizados hasta por un monto de diez (10.000.000) millones de bolívares.

En materia de auxilios financieros, se creó un régimen extraordinario mediante el cual FOGADE podrá otorgar auxilios financieros con autorización de la Junta de Regulación Financiera, cuando los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras presenten problemas de pérdidas de capital, liquidez o solvencia, siempre que la institución de la cual se trate no se encuentre en los supuestos que darían lugar a la intervención o liquidación. Los plazos y condiciones para el otorgamiento de los auxilios financieros a los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras serán fijados por la Junta de Regulación Financiera, mediante una normativa que se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

El papel de la superintendencia de bancos y que otros organismos regulan el sistema bancario

La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), es un organismo autónomo, de carácter técnico y especializado, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional que tiene como función principal supervisar, controlar y vigilar las instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, con el objetivo de determinar la correcta realización de sus actividades a fin de evitar crisis bancarias y permitir el sano y eficiente funcionamiento del Sistema Financiero venezolano.
Esta Superintendencia es un ente adscrito al Ministerio de Finanzas a los solos efectos de la tutela administrativa, gozando de las prerrogativas, privilegios y exenciones de orden fiscal, tributario y procesal, que la ley otorga a la República. La SUDEBAN gozará de autonomía funcional, administrativa y financiera en el ejercicio de sus atribuciones en los términos establecidos en la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras. Sólo estará sujeta al control posterior de la Contraloría General de la República.
El papel la Superintendencia de Bancos es ejercer inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de los Bancos Universales, Comerciales, de Inversión, Hipotecarios, Sociedades de Capitalización, Casas de Cambio, Almacenes Generales de Depósito, Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros, Arrendadoras Financieras, Fondos de Activos Líquidos y Entidades de Ahorro y Préstamo.
La Supervisión ejercida por SUDEBAN se realiza a través de las funciones desarrolladas por seis Gerencias claves de Inspección, las cuales tienen la responsabilidad de instrumentar dos tipos de controles fundamentales: el Control Directo (Inspección In Situ) y el Control Indirecto (Inspección extra situ).
La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, fue creada por la Ley de Bancos del 24 de enero de 1940. Con su creación se sustituyó a la Fiscalía General del Ministerio de Fomento a cuyo cargo habían estado las funciones de vigilancia y revisión de la actividad bancaria. Es así como nace el Ente que vino a fiscalizar, inspeccionar y vigilar a la banca, casas de cambio y demás instituciones de carácter financiero.
Sus primeras funciones contaron con una estructura precaria y un limitado presupuesto y no contaba con una infraestructura adecuada que permitiera inspecciones eficaces; solamente las casas matrices que se encontraban instaladas en la ciudad capital podían hacerlo. Posteriormente, se incluyeron visitas a las oficinas bancarias ubicadas en el interior del país.
Al culminar la crisis de 1994, la Superintendencia de Bancos y el Estado a través de la Superintendencia para la Promoción y Protección de la libre Competencia, decidió reforzar su desempeño, trazándose tres (3) objetivos fundamentales para iniciar su reestructuración:
Asegurar mediante la vigilancia y control, que las instituciones financieras lleven a cabo sus actividades de acuerdo a la normativa establecida.
Velar por la transparencia y estabilidad del sistema financiero.
Garantizar a los depositantes, la inversión de sus ahorros en operaciones propias de las instituciones financieras, para disminuir así el riesgo moral.
Para llevar a cabo estos objetivos, la Superintendencia de Bancos se propuso un programa de evaluación de su personal, así como la exigencia de mayor responsabilidad a las juntas directivas de las entidades, a través de inspecciones periódicas, a las mismas, por técnicos de la superintendencia, entre otras.
La aplicación del nuevo enfoque de supervisión por parte de la Superintendencia, con apoyo de la Junta de Emergencia Financiera, y la actuación responsable de los accionistas y administradores de la banca, son factores que han contribuido al mejoramiento del sistema bancario nacional como lo evidencian los resultados producidos a partir de 1994.
Después de normalizada la crisis bancaria se realizó una profunda reestructuración de la SUDEBAN con relación a los aspectos tecnológicos, una mejor planificación de las inspecciones y mejor capacitación del recurso humano. También se ejecutaron medidas de carácter externo como la implementación de regulaciones para las fusiones bancarias, constitución de provisiones bancarias, normativas para presentar y registrar las informaciones financieras, supervisión preventiva, mecanización de la información, entre otros aspectos.
Hoy en día la SUDEBAN presenta nuevos aires de modernidad que abarcan desde la remodelación de sus instalaciones hasta programas que automatizan la presentación e interpretación de los resultados obtenidos en las inspecciones, estos son algunos de los aspectos que harán de la SUDEBAN un ente regulador bancario a la altura de los mejores organismos del ámbito internacional. La ley actual le da una autonomía e independencia de tal carácter que constituye una institución dotada para ejercer un control amplio sobre todas las instituciones financieras

ORGANISMOS QUE REGULAN EL SISTEMA BANCARIO
 Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras
 Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE)

Bancos de desarrollo
Publicada en la Gaceta Oficial, Nro. 594. de fecha 23 de Diciembre de 2009. Se tomo en cuanta el siguiente artículo.
Capital mínimo de los Bancos de Desarrollo, el artículo 112:
Los Bancos de Desarrollo deberán tener un capital pagado en dinero efectivo o mediante la capitalización de resultado disponibles para tal fin, no menor de Dieciséis Millones de Bolívares (Bs. 16.000.000,oo).
Los aumentos adicionales a dicho monto, igualmente deberán ser en dinero en efectivo o mediante la capitalización de dichos resultados acumulados. No obstante, si tienen su asiento principal fuera del área Metropolitana de Caracas y han obtenido de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras la calificación de banco regional, se requerirá un capital pagado, en las condiciones antes mencionadas, no menor de Ocho Millones de Bolívares (Bs. 8.000.000,oo).
Cuando su objeto sea exclusivamente atender el sector microempresarial deberán tener un capital pagado en dinero efectivo o mediante la capitalización de resultado acumulados disponibles para tal fin, no menor de Tres Millones de Bolívares (Bs. 3.000.000,oo).
Una Vez modificado el capital mínimo requerido, los bancos de desarrollo deberán ajustar en un lapso de noventa días continuos contado a partir de la modificación realizadas, su capital social a la cantidad que corresponda.
En el artículo 110 Los bancos de Desarrollo, tendrán por objeto principal fomentar financiar y promover actividades y sociales para sectores específicos del país compatibles con su naturaleza, con las limitaciones de esta Ley. Cuando se trate de recursos provenientes del Ejecutivo Nacional destinados a programas específicos, podrán realizar operaciones de segundo piso.

De igual forma, las Instituciones que ejercen el servicio de banca y crédito de largo plazo para atender el impulso de sectores, regiones o actividades prioritarias de acuerdo a sus leyes orgánicas constitutivas. Por ejemplo, Nacional Financiera (NAFIN) o el Banco Rural (BANRURAL), a los que se les encomienda promover el ahorro y la inversión, así como canalizar apoyos financieros y técnicos al fomento industrial o al sector agropecuario, respectivamente y en general, al desarrollo económico nacional y regional del país. Las instituciones de banca de desarrollo tienen por objeto financiar proyectos prioritarios para el país y estimular con equidad y eficiencia el desarrollo económico nacional.

UNIDAD V




El Riesgo en la Banca
El riesgo bancario se refiere a todos los distintos tipos de riesgos que enfrentan las instituciones bancarias cuando llevan a cabo sus actividades. El cual varía dependiendo del tipo de negocios que desarrolle dicha institución. Por lo tanto, dado que los bancos trabajan principalmente con el dinero que capta del público, y estos fondos son ajenos, lo que significa que el banco está administrando recursos que realmente no le pertenecen, se requiere un proceso constante de evaluación y medición de los riesgos a los que se exponen los recursos de los depositantes en las operaciones de la entidad.
Estos riesgos, en conjunto, se denominan riesgo bancario y su administración suele ser regulada por los organismos supervisores de la banca (Superintendencias) en cada país individual. Una preocupación básica de estos organismos es asegurar que cada entidad bancaria pueda devolver los depósitos del público, lo que requiere de un nivel adecuado de capital para que, en caso de una pérdida, ésta se cubra con recursos propios y no con dinero del público. Por ello, cada entidad debe tener un capital proporcional a los recursos que arriesga y al nivel de riesgo al que los expone. Esta relación entre lo propio y lo arriesgado se conoce como Nivel de Solvencia, y determinar su proporción ideal es objeto de esfuerzos internacionales.

Tipos de riesgos

 Riesgo crediticio: Éste se refiere a la posibilidad de tener grandes pérdidas por el motivo de que un cliente no cumpla con las obligaciones de crédito a las cuales se comprometió.

 Riesgo de liquidez: Éste se refiere a la posibilidad de que se produzcan pérdidas excesivas por causa de las decisiones tomadas en pro de disponer de recursos rápidamente para poder cumplir con los compromisos presentes y futuros.

 Riesgo cambiario: Éste se refiere a la posibilidad de pérdidas por las variaciones en las tasas de cambio de las diferentes monedas con las cuales una institución financiera realiza operaciones o tiene recursos invertidos.

 Riesgo de tasa de interés: Éste se refiere a la disminución del valor de los activos o del patrimonio de una entidad debido a las variaciones en las tasas de interés, lo cual puede conducir a que la institución tenga graves pérdidas.

Leyes y Regulaciones

Las razones principales que fundamentan la regulación de los sistemas financieros son la existencia de fallas de mercado, provocadas por externalidades, información asimétrica, poderes de mercado, la posibilidad de desarrollar economías de redes, el peligro de contagios sistémicos de debilidades, estabilidad económica general, el hecho de que sean prestadores de servicios públicos como los sistemas de pago, etc.

Según Vittas (1992) los principales tipo de regulación o controles a los que se encuentra expuestos los sistemas financieros son:

Controles Macroeconómicos: Son políticas y requerimientos aplicados o exigidos por entes públicos, con el fin de cumplir con las metas sobre el nivel de variables macroeconómicas como la inflación, tipo de cambio, tasas de interés, liquidez monetaria, etc. Particularmente en Venezuela este tipo de controles se concretan en requerimientos de reservas o encaje legal de 17%, operaciones de mercado abierto por parte del banco central vía Repos y mesa de dinero que buscan fungir como marcador de tasas, 30% de encaje legal sobre los depósitos públicos, límites en la tenencia de dólares como porcentaje sobre el patrimonio, etc.

 Controles de Asignación de Fondos Prestables: Estos controles son utilizados para influenciar sobre la asignación de recursos financieros en actividades económicas consideradas como prioritarias. Algunos de los requisitos de este tipo utilizados en Venezuela son un monto predeterminado para créditos agrícolas y exigidos para cada banco según cálculos de la Asociación Bancaria de Venezuela, la inclusión en el proyecto de Ley de Bancos de la obligatoriedad de créditos a las microfinanzas o a los microempresarios en un porcentaje de establecido de la cartera de créditos, tasas preferenciales para sectores considerados sensibles o prioritarios como el sector vivienda o el sector agrícola, etc.

 Controles sobre la Estructura: Estos consisten en disposiciones legales con relación a operaciones de concentración económicas (fusiones bancarias, o de otras instituciones financieras), restricciones geográficas para el desempeño de actividades financieras, controles sobre barreras de entrada o que constituyan barreras de entrada, limitaciones sobre los tipos de actividades que pueden realizar ciertas instituciones financieras.


En Venezuela la Ley de Estímulo para el Fortalecimiento Patrimonial y Racionalización de gastos de Transformación del Sector Bancario es un ejemplo de normas que buscan incentivar la concentración económica en el sector financiero, esperando que se generen economías de escala y de alcance.

La promulgación de la Ley de Bancos de 1993, dio por terminado el sistema de banca especializada en Venezuela que delimitaba y dividía por tipo de institución financiera las distintas actividades y servicios que se prestan en los mercados financieros, se apostó por una banca universal multiprestadora de servicios en el mercado financiero. Esto busca reducir gastos de transformación, duplicidad de funciones, desarrollando economías de escala y de alcance que hagan a la actividad financiera más rentable, menos costosa y más eficiente. Sin embargo la Ley de Bancos de 1993, y especialmente en el capítulo VIII “De la Participación de la Inversión Extranjera en la Intermediación Financiera” se prohíbe a las oficinas y agencias de representación de bancos extranjeros algunas actividades pasivas y la promoción de actividades e instrumentos. Una posible razón para la naturaleza de tales disposiciones es proteger a la banca nacional, así como una medida prudencial.

 Controles Prudenciales: La finalidad de tal tipo de control es garantizar la seguridad y la solvencia en la estabilidad del sistema financiero y sustentar la confianza pública en la estabilidad del sistema financiero en su totalidad. La existencia de instituciones como las Superintendencias, bien de bancos o de seguros, así como la exigencia de requerimientos de capital, de provisiones sobre activos, solicitud de informes contables auditados o de inspecciones in situ son algunos de los más relevantes controles o exigencias de esta naturaleza.

 Control de Organización: Este tipo de controles buscan garantizar el buen funcionamiento e integridad de los mercados financieros e intercambio de información. Las exigencias que la Superintendencia hace a los bancos sobre la publicación de balances y estados de resultados, constituyen la transferencia de responsabilidades y de riesgos, y que en más de una oportunidad producen excelentes resultados sobre las acciones óptimas racionales de los agentes económicos participantes en el mercado de dinero.

 Controles de Protección: El objetivo principal es proveer una protección adecuada a los usuarios de los servicios financieros, especialmente a sus consumidores e inversores no profesionales. Las exigencias de información pública visible en las agencias, en prensa, información completa para los clientes, así como la existencia de fondos de garantía de depósitos son ejemplos de este tipo de control. Los motivos y naturaleza de instituciones como los fondos de garantía y rescate son cuestionados por aquellos teóricos que creen que el riesgo moral asociado a las garantías proveídas por estas instituciones, generan distorsiones en las acciones racionales que al ponderar el riesgo permitan una asignación eficiente los recursos financieros.

La Gerencia del Riesgo
Es el proceso de medir, determinar y desarrollar estrategias para manejar el riesgo. Las estrategias empleadas incluyen generalmente la transferencia del riesgo, las formas de evitarlo y la reducción del efecto negativo del riesgo en los casos particulares. La gerencia del riesgo tradicional se centra en los riesgos que provienen de causas físicas o legales. La gerencia de riesgo financiera, por otra parte, se centra en los riesgos que se pueden manejar usando los instrumentos financieros de negociación. La gerencia de riesgo intangible se centra en los riesgos asociados al capital humano, tal como riesgo del conocimiento, riesgo de la relación, y riesgo del contrato-proceso.
Para Jorge Rosillo y Clemencia Martínez, el riesgo es la parte inevitable de cualquier proceso que implique tomar decisiones y para el caso específico de las finanzas se asocia con perdidas potenciales que se pueden presentar en un portafolio de inversiones en una cartera debidamente conformada y se asocian con la probabilidad de perdida en el futuro.

Para determinar el riesgo se deben hacer valoraciones, es por esto que se han desarrollado diferentes metodologías de medición del riesgo en diferentes campos. Normalmente cuando hablamos de riesgo nos referimos al riesgo financiero, pero existen variadas formas de riesgo dentro del concepto de “Gerencia del Riesgo”. Entre otras podemos mencionar:

1) Riesgo de Mercado: probabilidad que la contraparte afectada por factores macroeconómicos como los precios, las tasas de interés, la inflación o la devaluación imposibiliten el pago por parte del emisor o del garante en una transacción.

2) Riesgo de Liquidez: probabilidad de que se deban afrontar situaciones en que los flujos de caja no se comportan de acuerdo a lo estimado, créditos que no se desembolsan, inversiones que no se llevan a cabo, y no existencia de liquidez para afrontar compromisos. También hace alusión a la escasez del mercado para atender oferta de portafolios de inversiones y de cartera, ante lo cual el agente sale al mercado y el mercado no compra sus productos financieros.

3) Riesgo Legal: probabilidad de que cambien las normas legales que afectan a las partes sea a favor o en contra. También hace alusión a pleitos o formalismos que llevan a la demora en la legalización de compromisos.

4) Riesgo Operativo: probabilidad de fallas de tipo humano dentro de los procesos, fallas por desconocimiento, falta de pericia, tecnología inadecuada, o mala volunta.

5) Riesgo de Inflación: probabilidad de que debido a la inflación se pierda poder adquisitivo frente a las proyecciones iniciales.

6) Riesgo de Interés: probabilidad de variación en las tasas del mercado.

7) Riesgo de Cambio: probabilidad de pérdida adjudicada a las fluctuaciones en los tipos de cambio de las divisas que afectan los rendimientos de las inversiones.

8) Riesgo Económico: involucra sectores y entidades.

9) Riesgo País: involucra problemáticas políticas y de manejo del Estado. Es afectado por variables políticas, sociales, religiosas y económicas coyunturales como el no pago de obligaciones.

La Gerencia de Riesgo de cada organización será la encargada de medir y establecer las normas y estrategias acordes a las necesidades del caso, es decir, es la encargada de llevar el riesgo a su mínima expresión. Sin embargo, en el Comité de Basilea también se tomó en consideración este tema al igual que las necesidades de regulación del sector bancario, entre otros, porque fue este comité que unió diversos representantes de los bancos centrales de diversos países para unificar ideas y conocimientos de los participantes para manejar estándares internacionales.


Gestión de Riesgos

La gestión de riesgos es una parte esencial de la gestión estratégica de cualquier empresa. Es el proceso por el que las empresas tratan los riesgos relacionados con sus actividades, con el fin de obtener un beneficio sostenido en cada una de ellas y en el conjunto de todas las actividades. Una gestión de riesgos eficaz se centra en la identificación y tratamiento de estos riesgos.
Su objetivo es añadir el máximo valor sostenible a todas las actividades de la empresa. Introduce una visión común del lado positivo y del lado negativo potenciales de aquellos factores que pueden afectar a la empresa. Aumenta la probabilidad de éxito y reduce tanto la probabilidad de fallo como la incertidumbre acerca de la consecución de los objetivos generales de la empresa. La gestión de riesgos tiene que ser un proceso continuo y en constante desarrollo que se lleve a cabo en toda la estrategia de la empresa y en la aplicación de esa estrategia. Debe tratar metódicamente todos los riesgos que rodeen a las actividades pasadas, presentes y, sobre todo, futuras de la empresa.

Debe estar integrada en la cultura de la empresa con una política eficaz y un programa dirigidos por la alta dirección. Tiene que convertir la estrategia en objetivos tácticos y operacionales, asignando responsabilidades en toda la empresa, siendo cada gestor y cada empleado responsable de la gestión de riesgos como parte de la descripción de su trabajo. Respalda la responsabilidad, la medida y la recompensa del rendimiento, promoviendo así la eficiencia operacional a todos los niveles.

Comité de Basilea: principios, objetivos, importancia.

El Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria (llamado así porque se reúne en Basilea, Suiza), agrupa a los representantes de bancos centrales y supervisores de entidades financieras de 10 países y trabaja identificando prácticas bancarias sanas, con las que reconoce principios básicos, los cuales difunde mundialmente. Cualquier país, de acuerdo con el grado de desarrollo de su sistema financiero, puede adoptar conjuntos de prácticas y principios según sus necesidades. Se reconocen dos conjuntos de principios, uno emitido en 1988, llamado “Acuerdo de Capital de Basilea”, que reúne prácticas básicas en riesgo bancario, y otro más reciente, ratificado este año, conocido como “Convergencia internacional de medidas y normas de capital” o “Basilea II”, donde se establecen formas más avanzadas de administrar dicho riesgo.

La adecuación del capital bancario como colchón ante situaciones de grandes pérdidas es el objetivo de Basilea II, que define cómo medir capital y riesgos (Pilar I), cómo debe ser el proceso de control de este proceso por parte del supervisor (Pilar II) y cómo debe documentarse la situación de solvencia de las entidades de cara a otros de los agentes económicos (clientes, resto de bancos, compañías de calificación, entre otros).

Definido así, Basilea II responde a la necesidad de regulación y, como actualización de un acuerdo de capitales previo (1988), adecua el capital bancario a las necesidades, dadas por la magnitud de pérdidas inesperadas, que podrían derivarse de las actividades de las entidades. Si un banco desea asumir riesgos, para cumplir con Basilea II sólo debe dotarse de suficiente capital, como requisito para acceder a las mayores posibilidades derivadas de su mayor exposición.

Desde el primer documento consultivo del BIS, el sector bancario se volcó sobre los desarrollos necesarios para generar la información sobre riesgos que se requeriría bajo las definiciones más avanzadas de cálculo de riesgos de Basilea II. En no pocas ocasiones se ha oído que el Nuevo Acuerdo de Capitales era una oportunidad para mejorar los procesos de gestión de riesgo de las entidades. No deja de sorprender que la necesidad de una nueva regulación conlleve esfuerzos de desarrollo de metodología de cálculo de riesgos que no se habían acometido con anterioridad por las entidades.


Indicadores Financieros en la Banca y Funciones

Los indicadores financieros son un conjunto de índices que explican la complejidad de los mercados financieros ayudando a disponer de una visión general del funcionamiento del mercado y representando un mecanismo de medida para que los inversores comparen la evolución de un instrumento financiero en función de la evolución del índice. Van Horne (1993:777) señala que el análisis de las razones financieras representa dos tipos de comparaciones. El análisis puede comparar una razón actual con razones pasadas y con otras que se esperan para el futuro de la misma empresa.

Igualmente, explica que la complejidad de los mercados financieros es tan grande que estos indicadores ayudan a disponer de una visión general del funcionamiento del mercado y representan un mecanismo de medida para que los inversores comparen la evolución de un instrumento financiero en función de la evolución del índice.

En este sentido, González (1997); Mujica y Castellano (1999), refieren que existen indicadores que permiten medir la gestión de la banca comercial, y que se relacionan con el comportamiento financiero y el riesgo de la misma. Explican que estos indicadores son la adecuación de los activos, la calidad de los activos, la calidad de gestión, la liquidez y la rentabilidad. Los indicadores:

Adecuación de los activos: incluye una valoración realista de los activos del banco, en lo cual influyen las características del mercado y la fase de la coyuntura económica que atraviese el país. Esta categoría permite evaluar la suficiencia del patrimonio para sustentar el crecimiento de las obligaciones y por ende, de las colocaciones para absorber eventualmente pérdidas y hacer frente a los distintos niveles de riesgo. Establece en conclusión cuan adecuado es el patrimonio en relación con el tamaño del banco.

Calidad del activo: estos índices deben demostrar el valor real de los activos del banco y en la medida en que éste ha compensado las mermas productivas en su calidad líquida, además de reflejar debilidades y fortalezas de la gerencia en la administración y control. Este grupo de indicadores es muy importante en la evaluación global de la condición del banco y los valores obtenidos deben vincularse directamente con los de los índices de estructura y de liquidez para poder llegar a conclusiones válidas.

Calidad de gestión: los índices de esta categoría miden la eficiencia en la asignación y manejo de los recursos del banco, para colocar los fondos obtenidos del público, pudiéndose utilizar índices que típicamente relacionan rubros de ganancias y pérdidas con rubros del balance general. Mediante estos indicadores es posible tener la idea de la eficiencia y productividad de la gerencia y de los procesos administrativos.

Liquidez: incluye la capacidad financiera del banco para hacer frente a sus obligaciones a corto plazo. Es un concepto que depende de valores como el encaje legal, de la morfología de los mercados financieros, estrategias de tesorería, coyuntura del mercado financiero y de la posibilidad de conversión de los activos financieros en dinero efectivo.

Rentabilidad: al analizar la rentabilidad, ésta incluye la evaluación de las ganancias con respecto a las operaciones realizadas. Muestra la incidencia de diversos factores externos como internos en la obtención de la utilidad.

Prevención Contra Legitimación de Capitales

Se define legitimación de Capitales como: “la legalización de dinero proveniente del narcotráfico, terrorismo y de otras actividades criminales, que buscan entrar en el sistema financiero nacional o internacional, a través de depósitos, colocaciones, transferencias, participaciones o inversiones realizadas por clientes naturales o jurídicos.

Utilizando el sistema bancario, pretenden ocultar el origen de fondos provenientes de estos negocios ilícitos, dándoles apariencia de legalidad”.

La delincuencia organizada transfiere sus recursos entre distintos países, con el fin de lavar sus recursos. Por ello se trata de un delito transnacional que requiere de la colaboración de la comunidad internacional.

La comunidad internacional (ONU - Convención de Viena, OEA - Reglamento Modelo de la CICAD-OEA, 40 Recomendaciones del GAFI, etc.), ha diseñado una política global contra el lavado de activos sobre los siguientes principios:

 Adopción de estándares internacionales y normas uniformes el lavado de activos proveniente de los delitos graves como un delito autónomo.

 Desarrollar instrumentos jurídicos de cooperación internacional a través de la suscripción de acuerdos con otros estados para facilitar el intercambio de pruebas, la colaboración judicial y la extradición.

 Adoptar los mecanismos conducentes a congelar los fondos de las organizaciones criminales y terroristas.

 Responsabilidad de las personas jurídicas (en algunos países se acepta en materia penal y en otros es solo de naturaleza administrativa)

 Un marco normativo que abarque aspectos penales, procesales y normas de carácter administrativo que defina responsabilidad en el control a los agentes económicos llamados a colaborar con las autoridades ("sujetos obligados")
 Creación de unidades de inteligencia financiera (UIF) para centralizar el análisis de la información y de las transacciones financieras, y económicas, inusuales y sospechosas que son suministradas por los "sujetos obligados".

 Definir y exigir "Sistemas de Prevención de Lavado de Activos" y requerimientos de información para la adopción de la política de "conocimiento del cliente" de los "sujetos obligados" que faciliten el desarrollo de prevención y control de operaciones y su reporte a las autoridades. Para ello es necesaria la flexibilización del secreto bancario.

 Adopción de un régimen de registro e información de operaciones en efectivo y sospechosas.

En Venezuela las previsiones están contenidas en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y en la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Legitimación de Capitales, fenómeno que traspasa fronteras. En los últimos tiempos el tema relacionado con los mecanismos de detección y prevención de la legitimación de capitales, ha adquirido una especial importancia a nivel mundial, en la medida en que se ha tomado conciencia de que una de las más eficientes formas en que los Estados pueden debilitar la estructura económica de las empresas criminales, es mediante la prevención y represión de la legitimación de capitales.

La Legitimación de Capitales, es un fenómeno de dimensiones internacionales. Dada la interdependencia existente entre los países y el alto desarrollo tecnológico de las telecomunicaciones, los capitales fluyen fácilmente por el sistema financiero mundial. Esto permite a la delincuencia organizada operar local e internacionalmente, por lo cual la legitimación de capitales normalmente involucra movimientos de capitales entre distintos países.

De allí la necesidad de incrementar la cooperación internacional, aspecto que ha sido reconocido por numerosos gobiernos y ha redundado en diversos acuerdos en el ámbito internacional. En buena medida, estos acuerdos han contribuido a fortalecer los ordenamientos nacionales y mejorar los mecanismos de cooperación e intercambio de información entre los diversos Estados; es por ello que la cooperación internacional se ha constituido en apoyo fundamental en los esfuerzos de los Estados para el desarrollo de una política integral contra las diversas manifestaciones de las actividades delictivas y, especialmente, contra la legitimación de capitales.

UNIDAD IV




Diferencias entre las Compañías regidas por El Código de Comercio y los Bancos Comerciales regidos por la Ley General de Bancos.

Código de Comercio:

En el artículo 1. Rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, la misma tendrá por objeto los actos de comercio dispuestos en el artículo 2.
Artículo 2. Son actos de comercio, ya de parte de todos los contratantes, ya de parte de algunos de ellos solamente:
1. La compra, permuta o arrendamiento de cosas muebles hecha con ánimo de revenderlas, permutarlas, arrendarlas o subarrendarlas en la misma forma o en otra distinta; y la reventa, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas.
2. La compra o permuta de Deuda Pública u otros títulos de crédito que circulen en el comercio, hecha con el ánimo de revenderlos o permutarlos; y la reventa o permuta de los mismos títulos.
3. La compra y la venta de un establecimiento de comercio y de las acciones de las cuotas de una sociedad mercantil.
4. La comisión y el mandato comercial.
5. Las empresas de fábricas o de construcciones.
6. Las empresas de manufacturas, almacenes, bazares, tiendas, fondas cafés y otros establecimientos semejantes.
7. Las empresas para el aprovechamiento industrial de las fuerzas de la naturaleza, tales como las de producción y utilización de fuerza eléctrica .
8. Las empresas editoras, tipográficas, de librería, litográficas y fotográficas .
9. El transporte de personas o cosas por tierra, ríos o canales navegable .
10. El depósito, por causa de comercio; las empresas de provisiones o suministros, las agencias de negocios y las empresas de almonedas.
11. Las empresas de espectáculos públicos.
12. Los seguros terrestres, mutuos o a prima, contra las pérdidas y sobre las vidas.
13. Todo lo concerniente a letras de cambio, aun entre no comerciantes; las remesas de dinero de una parte a otra, hechas en virtud de un contrato de cambio, y todo lo concerniente a pagarés a la orden entre comerciantes solamente, o por actos de comercio de parte del que suscribe el pagaré.
14. Las operaciones de Banco y las de cambio.
15. Las operaciones de corretaje en materia mercantil.
16. Las operaciones de Bolsa.
17. La construcción y carena, compra, venta, reventa y permuta de naves.
18. La compra y la venta de herramientas, aparejos, vituallas, combustible u otros objetos de armamento para la navegación.
19. Las asociaciones de armadores y las de expediciones, transporte, depósitos y consignaciones marítimas.
20. Los fletamentos préstamos a la gruesa, seguros y demás contratos concernientes al comercio marítimo y a la navegación.
21. Los hechos que producen obligaciones en los casos de averías, naufragios y salvamento.
22. Los contratos de personas para el servicio de las naves de comercio y las convenciones sobre salarios y estipendios de la tripulación.
23. Los contratos entre los comerciantes y sus factores o dependientes.
El Capital de las compañías regidas no está contemplado en el código de comercio salvo para las S.R.L., cuyo monto mínimo exigido es de 20.000 Bs. y tiene un monto máximo de 2.000.000 Bs.


De los Bancos Comerciales
En la ley de banco se contempla en el Artículo 87. Que los bancos comerciales asumirán por objeto realizar operaciones de intermediación financiera y las demás operaciones y servicios financieros que sean relacionados con su naturaleza, con las limitaciones previstas en este Decreto.


Requisitos para la Autorización de Funcionamiento
Artículo 11. Para la obtención de la autorización de funcionamiento los bancos, entidades de ahorro y préstamo, demás instituciones financieras deben de cumplir los requisitos siguientes:
1. Estar constituidos bajo la exclusiva forma de compañía anónima, con acciones nominativas de una misma clase, las cuales no podrán ser convertibles al portador.
2. Tener un número mínimo de diez (10) accionistas, entre los cuales podrán estar incluidos los promotores, y una junta administradora constituida por un mínimo de siete (7) miembros principales, quienes deberán tener experiencia en materia económica y financiera en actividades relacionadas con el sector.
3. Poseer un capital pagado totalmente en efectivo, no menor del indicado en este Decreto Ley o en la normativa que al efecto dicte la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, según el tipo de banco, entidad de ahorro y préstamo, casa de cambio o institución financiera de que se trate.
Los requisitos antes señalados, deberán mantenerse durante el ejercicio de la autorización conferida.

Capital Mínimo

Artículo 88. Para la constitución de un bancos comerciales deberán tener un capital pagado en dinero en efectivo no menor de Diesiseis Mil Millones de Bolívares (Bs. 16.000.000.000,oo). Los aumentos adicionales a dicho monto, igualmente deberán ser en dinero efectivo o mediante la capitalización de dichos resultados acumulados. No obstante, si tienen su asiento principal afuera del Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas, los bancos regionales, se requerirá un capital pagado, en las condiciones antes mencionadas, no menor de Ocho Mil Millones de Bolívares (Bs. 8.000.000.000,oo).
Artículo 16. Las acciones de los bancos, entidades de ahorro y préstamo, demás instituciones financieras y casas de cambio autorizados para funcionar de acuerdo con este Decreto Ley deberán ser nominativas, de una misma clase y no convertibles al portador.

Administración de los activos y pasivos de la banca

Política de administración de activos y pasivos
Al igual que en todas las áreas operativas, debe estar orientada por una política formal que haya sido desarrollada y redactada por los oficiales con la asistencia de la gerencia operativa. La política debe ser revisada por los oficiales anualmente y enmendada según sea necesario. y las políticas de liquidez pueden ser dos políticas separadas o una integrada. En cualquier caso, las políticas y liquidez no se pueden redactar de manera aislada, ya que las decisiones sobre préstamos, inversiones, pasivos y capital están todas abordar:
El manejo de liquidez (es decir, asegurar que la institución mantenga efectivo suficiente además de activos líquidos para satisfacer las demandas de retiros y desembolsos y pagar los gastos), es esencial en la movilización del ahorro. El proceso de planear, organizar y controlar los volúmenes de activos y pasivos, vencimientos, tasas y rendimientos con el fin de minimizar el riesgo de la tasa de interés y mantener un nivel de rentabilidad aceptable), es otro componente clave de la movilización del ahorro. Los dos están muy estrechamente vinculados. Una institución de ahorro debe contar con un manejo de liquidez y una administración de activos y pasivos para asegurar que los fondos de bajo costo estén siempre disponibles para los ahorristas cuando pidan el desembolso de los fondos que ellos han depositado.


Gerencia de efectivo y los criterios para otorgar préstamos

Gerencia de efectivo
Se aplica mediante la instrumentación de una política de créditos a los clientes que esté en capacidad de llevar a cabo con rigurosidad; asegúrese que los empleados vinculados al área la entiendan a nivel de detalle y no permita que ningún otro miembro de la organización diferente a usted pueda administrar las excepciones. Ya que formaliza la concesión de créditos a sus clientes solicitándoles la entrega de la solicitud correspondiente.
Cuando se otorga un crédito, se debe cerciorar que los clientes comprendan la política de crédito desde el principio de la relación.
Facilita formas de pago alternativas al efectivo como tarjetas de débito y tarjetas de crédito cuando los montos comprometidos son relativamente pequeños. Acepte los pagos en el siguiente orden: efectivo, cheques, tarjetas de crédito, plazos de crédito.
Una estrategia eficiente de cobranzas se inicia con una facturación oportuna y un seguimiento adecuado de la misma. Haga que desde la empresa sean llamados de tres a cinco días antes del vencimiento para verificar los datos de la factura y recordarles que deben realizar el pago pendiente en breve plazo.
Todo esto lo puede hacer con mayor rapidez y eficiencia si cuente con software adecuado para manejar su contabilidad. Pida que le tengan actualizado el reporte de cuentas por cobrar, así como el de cuentas por pagar; su uso le permitirá tener una gran capacidad de dominio sobre su empresa.

Los criterios para otorgar préstamos

Las instituciones que por excelencia se dedican a otorgar créditos de distintas naturalezas son los bancos e instituciones financieras, para lo cual utilizan una serie de procedimientos y herramientas para tal fin, pero no solo las instituciones bancarias otorga créditos también lo hacen la gran variedad de empresas existente, con el único fin de captar más clientes y aumentar sus niveles de ventas y con ello obtener utilidad y que la empresa pueda subsistir en el medio en que desarrolla.
Pero también existe un nivel de riesgo en el cual estos entes están inmersos, el cual es el riesgo de morosidad y hasta cierto punto de incobrabilidad de las operaciones al crédito que realizan sobre lo cual tratare mas adelante con el único fin de contribuir a disminuir este riesgo dando unas pautas como sugerencia.
A lo largo de todo el proceso de otorgamiento de un crédito, se torna amplio y complejo el análisis de los aspectos y factores que se tienen que analizar entre los cuales tenemos:
-Determinación de un mercado objetivo
- Evaluación de crédito
- Evaluación de condiciones en que se otorgan
- Aprobación del mismo
- Documentación y desembolso
- Política de cobro
- Administración del crédito en referencia, etc.


Aspectos necesarios en la evaluación de un crédito:
• En el proceso de evaluación de un crédito para una empresa se debe contemplar una evaluación profunda tanto de sus aspectos cuantitativos como cualitativos.
• Es necesario considerar el comportamiento pasado del cliente tanto como cliente de la misma institución como de las demás instituciones
• La decisión crediticia se la debe tomar en base a antecedentes históricos o presentes.
• Es necesario considerar en los análisis de crédito diferentes consideraciones que se pueden dar con el fin de anticipar los problemas.
• Después de haber realizado un análisis concienzudo del crédito es necesario tomar una decisión por lo que se recomienda escoger 4 o 5 variables de las tantas que se dieron para su elaboración

Fijación de los Términos del Crédito.

Si decide a otorgar un crédito se deben de tomar en cuentas las siguientes pautas:
• En cuanto al plazo de crédito se debe de establecer una política de plazo, teniendo en cuenta los plazo de cobro que pueden ser a 30 días, a 60 días a 90 días, etc el cobro de estas cuentas debe ir de la mano con el periodo de gracia que nos otorgan los proveedores para pagar nuestras acreencias de lo contrario nos veremos en grandes problemas de financiamiento.
• Se debe de establecer el porcentaje de descuento si el cliente paga antes de la fecha indicada de tal manera que no resulten nocivos para la empresa.
• Se debe de establecer montos estándar de crédito según el tipo de cliente con el cual se haga el trato.
• Debe de quedar establecido que el beneficiario del crédito, asume la responsabilidad en el cumplimiento de las cláusulas establecidas en el contrato.
• Tasa de interés, por lo general una tasa de interés de acuerdo al período y al monto del crédito otorgado.

El Costo de oportunidad

Según Case, Karl y Fair, Ray….”El costo de oportunidad o costo alternativo designa el costo de la inversión de los recursos disponibles, a costa de las inversiones alternativas disponibles, o también el valor de la mejor opción no realizada.”
El término fue también expuesto por Friedrich von Wieser en su Theorie der gesellschaftlichen Wirtschaft (Teoría de la Economía Social -1914-). “Se refiere a aquello de lo que un agente se priva o renuncia cuando hace una elección o toma de una decisión.”
El costo de oportunidad de una inversión, es el costo de la no realización de una inversión. Se mide por la rentabilidad esperada de los fondos invertidos o de la asignación de la inmovilización a otras utilidades (ejemplo el alquiler de un terreno disponible).
En finanzas se refiere a la rentabilidad que tendría una inversión dependiendo del riesgo aceptado. Sirve para hacer valoraciones, contrastando el riesgo de las inversiones o la inmovilidad del activo.
En macroeconomía, se tiene en cuenta los factores externos positivos y negativos, para establecer el costo de oportunidad completo.
La aplicación del costo de oportunidad conduce a la búsqueda de todos los costos derivados de cualquier decisión económica. La negligencia de este concepto ha conducido a mentiras económicas como el del "cristal roto" descrito por Frédéric Bastiat.
Las empresas incorporan distintos factores con el fin de obtener un bien final. Estos factores se adquieren en el mercado, con el fin de prevalecer el precio en el mercado. El costo de esos factores es su precio, sin embargo, también se utilizan otros factores que no se compran en cada período productivo, como por ejemplo el inmueble, la maquinaria, las instalaciones, etc.
Para determinado el proceso productivo, se comprar materia prima en el mercado donde se y a cambio de una cierta cantidad de dinero la adquirimos. El costo de ese insumo para la producción, está medido por la cantidad de dinero que empleamos para pagarla. Por otra parte, en el mismo proceso productivo, se utiliza una maquinaria que es propiedad de la empresa.


El rol de Auditoría y las Unidades o Gerencia de Contraloría

Definición de Auditoría.
La palabra Auditoría viene del latín AUDITORIUS, y de esta proviene auditor, que tiene la virtud de oír, y el diccionario lo considera revisor de cuentas colegiado pero se asume que esa virtud de oír y revisar cuentas está encaminada a la evaluación de la economía, la eficiencia y la eficacia en el uso de los recursos, así como al control de los mismos.
La auditoria es una recopilación, acumulación y evaluación de evidencia sobre información de una entidad, para determinar e informar el grado de cumplimiento entre la información y los criterios establecidos, y que puede definirse como, un proceso sistemático para obtener y evaluar de manera objetiva, las evidencias relacionadas con informes sobre actividades económicas y otras situaciones que tienen una relación directa con las actividades que se desarrollan en una entidad pública o privada. El fin del proceso consiste en determinar el grado de precisión del contenido informativo con los datos que le dieron origen, así como determinar si dichos informes se han elaborado observando principios establecidos para el caso.
De la afirmación de que es un proceso sistemático, se concluye que en toda Auditoría debe existir un conjunto de procedimientos lógicos y organizados que el auditor debe cumplir para la recopilación de la información que necesita para emitir su opinión final. Sin embargo cabe destacar que estos procedimientos varían de acuerdo a las características de la actividad que realiza la organización que se vaya a auditar.
De lo anterior podemos establecer que, la Auditoría constituye una herramienta de control y supervisión que contribuye a la creación de una cultura de la disciplina de la organización y permite descubrir fallas en las estructuras o vulnerabilidades existentes en la organización.

Clasificación de las Auditorías.
De acuerdo con la relación que el auditor tiene con la empresa, las Auditorías se clasifican en:
• Auditoría Interna, es la realizada por auditores internos de la organización, es decir, son empleados de la misma; estos auditores generalmente rinden cuentas directamente a la Junta Directiva.

• Auditoría Externa, esta es la que comprende a la auditoría estatal o gubernamental y la auditoría independiente.

Otro tipo de clasificación es por el tipo de actividad a la que está orientada la auditoría, entre las que tenemos:
• Auditoría General, Es el análisis y verificación de las transacciones, cuentas, informaciones, o estados financieros, correspondientes a un período, evaluando la conformidad o cumplimiento de las disposiciones legales o internas vigentes en el sistema de control interno contable. Se practica por profesionales facultados, que no son empleados de la organización cuyas afirmaciones o declaraciones auditan.

Además, examina y evalúa la planificación, organización, dirección y control interno administrativo, la economía y eficiencia con que se han empleado los recursos humanos, materiales y financieros, así como el resultado de las operaciones previstas a fin de determinar si se han alcanzado las metas propuestas.

• Auditoría Fiscal, Se denomina fiscal a la Auditoría externa que se efectúa por el Ministerio de Finanzas, a través del SENIAT, con el objetivo de determinar si los tributos al fisco, se efectúan en la cuantía debida y dentro de los plazos y formas, establecidos.

• Auditoría de Gestión u Operacional, Consiste en el examen y evaluación que se realiza a una entidad para establecer el grado de economía, eficiencia y eficacia en la planificación, control y uso de los recursos y comprobar la observancia de las disposiciones pertinentes, con el objetivo de verificar la utilización más racional de los recursos y mejorar las actividades y materias examinadas.
Principios de la Auditoria:
• Independencia, En todos los asuntos relacionados con la Auditoría, el auditor debe mantener independencia de criterio. La independencia puede concebirse como la libertad profesional que le asiste al auditor para expresar su opinión libre de presiones (políticas, religiosas, familiares, etc.) y subjetividades (sentimientos personales e intereses de grupo).

• Ética Profesional, Debe ejercerse el esmero profesional en la ejecución de la Auditoría y en la preparación del dictamen. El cuidado profesional, es aplicable para todas las profesiones, ya que cualquier servicio que se proporcione al público debe hacerse con toda la diligencia del caso, lo contrario es la negligencia, que es sancionable. Un profesional puede ser muy capaz, pero pierde totalmente su valor cuando actúa negligentemente.